Declaracion de Accesibilidad
Situación de cumplimiento
Este sitio web aún no es conforme con Real Decreto 1112 / 2018 y UNE-EN 301 549.
Contenido no accesible
- Falta de conformidad con RD 1112/2018
Preparación de la presente declaración
La presente declaración fue preparada el 21 de Junio de 2024, a raiz de una autoevaluación llevada a cabo por el Servicio de Informática de la Universidad de Cantabria.
La última revisión fue el 21 de junio de 2024.
Observaciones y datos de contacto
Siguiendo lo previsto en el artículo 11 del RD 1112/2018, puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad como por ejemplo:
- Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web.
- Transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
- Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web.
- Correo electrónico: servicios.web@unican.es
- Teléfono: 942 201073
- Formulario específico al final de la página de declaración de accesibilidad de la web de la Universidad de Cantabria
Procedimiento de aplicación
El procedimiento de reclamación recogido en el artículo 13 del RD 1112/2018 entró en vigor el 20 de septiembre de 2020.
Contenido opcional
La Universidad de Cantabria se ha comprometido a hacer accesible su sitio web, de conformidad con con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.
El sitio web está optimizado para los navegadores M.S. Internet Explorer 10.0 y o versiones superiores y las últimas versiones vigentes de FireFox, Safari, Opera y Google Chrome. La resolución web mínima recomendada es de 1280x1024.
Este sitio web está diseñado para su visualización Responsive, con lo que se visualiza de forma óptima en los distintos dispositivos tablet y móviles.
La Unidad Responsable de Accesibilidad Web y Aplicaciones móviles (URA), espera poder garantizar el cumplimiento de los requisitos de accesibilidad del Campus Virtual que se encuentra dentro de su ámbito competencial, y cuyas funciones se recogen en el artículo 16.3 del citado Real Decreto.